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Convocatoria de ayudas para la dinamización del MERCADO MUNICIPAL INTERIOR - AÑO 2022
JUL 2022


CONVOCATORIA

Por Resolución de Alcaldía de fecha 22/06/2022 se aprueba la convocatoria para la concesión de AYUDAS PARA LA DINAMIZACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL INTERIOR CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2022.

 

CONCESIONES

RESUMEN Y ENLACE AL TRÁMITE

 

AVISO: El resumen que se proporciona a continuación tiene únicamente carácter informativo. Por favor, lean las bases completas para conocer y tramitar esta ayuda correctamente.

 

Objeto y beneficiarios

ObjetoEl objeto de esta convocatoria es crear unas ayudas económicas para el fomento del autoempleo, la dinamización, modernización y consolidación empresarial del Mercado Municipal como generador de empleo en la localidad.

Se recogen tres programas:

  • PROGRAMA 1. Ayudas a la actividad: Ayudas económicas que tienen el objetivo de fomentar la actividad económica en el Mercado Municipal.
  • PROGRAMA 2. Ayudas de modernización y consolidación del establecimiento: Ayudas para gastos y/o inversiones en equipamiento realizadas en el puesto o en el palco con  el objetivo de dinamizar y modernizar el Mercado Municipal.
  • PROGRAMA 3. Incentivos reposicionamiento hacia un modelo nuevo de mercado: Incentivos a los puestos del mercado que aperturen su actividad los viernes en horario de tarde con el objetivo de atraer a un perfil nuevo de clientela  al mercado. Este objetivo se propone en el estudio de dinamización del mercado municipal realizado en 2017 y consistirá en una ayuda económica para los vendedores que se acojan a este programa.

Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas los titulares de los puestos o palcos del interior Mercado Municipal cedidos en régimen de autorización administrativa.

 

 

Líneas de la ayuda y gastos subvencionables

Esta ayuda consta de 3 líneas, COMPATIBLES ENTRE SÍ

 

 PROGRAMA  1: AYUDAS A LA ACTIVIDAD 

  • Beneficiarios: Ser titulares de puestos o palcos del Mercado Municipal habiendo iniciado su actividad entre el 01/01/2022 y el 01/12/2022, siendo este un requisito indispensable.
  • Cuantía: El importe máximo de este programa será de 1.000 €, subvencionando principalmente los gastos necesarios para la constitución del establecimiento.
  • Gastos subvencionables: Se considerarán gastos subvencionables los servicios de empresas y profesionales, gestorías, primas de seguro, publicidad, comunicaciones, gastos de traspaso, entre otros. Los gastos justificados tendrán que haberse realizado desde el 01/01/2022 y hasta el momento de la solicitud de la ayuda y tienen que estar pagados en el momento de la justificación.

IMPORTANTE: Únicamente se presentará una solicitud de subvención por actividad empresarial. En el caso de que una misma actividad tenga varios palcos o puestos, el máximo subvencionable se aplicará sobre los 1.000 €. No será subvencionable: el IVA satisfecho ni la tasa por prestación del servicio de mercado municipal, establecido en la ordenanza municipal. 

 

 PROGRAMA  2: AYUDAS DE MODERNIZACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO  

  • Beneficiarios: Ser titulares de puestos o palcos del Mercado Municipal. Las ayudas se destinarán para gastos y/o inversiones en equipamiento realizadas en el puesto o en el palco.
  • Cuantía: El importe máximo de la subvención será del 100% del coste de la inversión elegible con un máximo de 2.000 €. La cuantía a solicitar no podrá ser inferior de 300 €. La cantidad a subvencionar se calculará sobre los justificantes en facturas de los gastos subvencionables aportados por el solicitante.
  • Gastos subvencionables: Se considerarán gastos subvencionables todos aquellos necesarios para acometer el proyecto de mejora, modernización del puesto o palco, incluidos los gastos por la redacción de proyectos de obra. Los gastos justificados tendrán que haberse realizado desde el 01/01/2022 y hasta el momento de la solicitud de la ayuda y tienen que estar pagados en el momento de la justificación. Deberá acudir al 'Artículo IV. Gastos subvencionables y cuantía máxima de la subvención' de las bases completas para conocer el listado completo de gastos subvencionables. 

IMPORTANTE: Únicamente se presentará una solicitud de subvención por actividad empresarial. En el caso de que una misma actividad tenga varios palcos o puestos, el máximo subvencionable se aplicará sobre los 2.000 €. No será subvencionable: el IVA satisfecho ni la tasa por prestación del servicio de mercado municipal, establecido en la ordenanza municipal. 

 

 PROGRAMA  3: INCENTIVOS REPOSICIONAMIENTO HACIA UN MODELO NUEVO DE MERCADO  

  • Beneficiarios: Ser titulares de puestos o palcos del Mercado Municipal. Este programa se trata de un incentivo a los puestos del mercado que aperturen su actividad los viernes en horario de tarde con el objetivo de atraer a un perfil nuevo de clientela al mercado.
  • Cuantía: La cuantía establecida en este programa asciende a 1.000 €. De manera excepcional, para aquellos nuevos comercios que empiecen su actividad con posterioridad a la publicación de las bases en el BOP, la cuantía a percibir se prorrateará desde la fecha de inicio de su actividad; a razón de 250 € por mes completo.
  • Requisito OBLIGATORIO a cumplir: El puesto/palco deberá estar abierto obligatoriamente todos los viernes por la tarde a partir de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y hasta el 31/12/2022, sin perjuicio del cumplimento del horario obligatorio establecido por la entidad gestora del mercado municipal ESERCA en su acuerdo del 26/05/2022. El horario deberá ser como mínimo de 18:00 a 20:00 horas.
  • Excepciones:
    • No computarán los viernes por la tarde en los que haya tenido que cerrar por enfermedad y/o causa de fuerza mayor, debiendo estar esta circunstancia debidamente justificada a ESERCA.
    • No computarán los viernes en el que el Mercado Municipal permanezca cerrado por festivo o por horario estival.

IMPORTANTE: El cumplimento del horario de los vendedores que se acojan a este programa 3, será acreditado por un certificado expedido por ESERCA. En caso de que no se cumplan los requisitos establecidos en este programa dará lugar al reintegro íntegro de esta subvención.

 

 

Documentación a presentar

Impresos a cumplimentar (los puedes encontrar en el trámite):

  • Solicitud telemática según modelo normalizado (trámite electrónico)
  • Declaración responsable según modelo normalizado (trámite electrónico).
  • Poder de representación del representante legal, según modelo normalizado (aportar solo en caso de no disponer de firma/certificado digital).
  • Ficha de mantenimiento de terceros, según modelo normalizado.
  • Modelo de cuenta justificativa que incluirá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor,  importe, fecha de emisión y fecha de pago, según modelo normalizado. (APORTAR SOLO EN EL CASO DE SOLICITAR EL PROGRAMA 1 y/o EL PROGRAMA 2)

Documentación a adjuntar:

  • Certificado de estar al corriente de pago en la Seguridad Social. Lo puede obtener aquí: enlace p. físicas; enlace p. jurídicas
  • Facturas u otros documentos acreditativos de los gastos para las cuales se solicita la ayuda. (APORTAR SOLO EN EL CASO DE SOLICITAR EL PROGRAMA 1 y/o EL PROGRAMA 2)
  • Justificantes de pago de estas facturas. No se admitirán como justificantes los pagos en metálico. (APORTAR SOLO EN EL CASO DE SOLICITAR EL PROGRAMA 1 y/o EL PROGRAMA 2)
  • En el caso de la subvención de instalaciones como campanas de extracción deberá aportar el correspondiente certificado de instalación facilitado por el técnico instalador.


 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de ayudas se iniciará el día siguiente al de su publicación en el BOP: 06/07/2022 y finalizará el 30 de noviembre de 2022.

 

 

Tramitación

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Catarroja.

Para la tramitación de estas ayudas es necesario poseer:

  • Certificado/firma digital. En caso de no tenerlo podrá elegir una persona que sí lo tenga y que actúe en este trámite como representante, o, puede solicitarlo en la Oficina de Atenc. al Ciudadano (OIAC): Planta Baja Ayuntamiento de Catarroja, entrada por Camí Real, bajo cita previa.
  • Programa Autofirma (puede descargarlo del Portal de Administración Electrónica): este programa se utiliza para la firma electrónica de documentación. OPCIONALMENTE, se podría firmar mediante firma biométrica presencial en la Oficina de Atenc. al Ciudadano (OIAC): Planta Baja Ayuntamiento de Catarroja, entrada por Camí Real, bajo cita previa.

La tramitación será TELEMÁTICA, y puede acceder a ella en el siguiente enlace:

   (Trámite abierto)

 

 

Contacto

Para cualquier aclaración los interesados pueden contactar con el Servicio de Desarrollo Local y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja a través de:

Correo electrónico: adl@catarroja.es

Teléfono:

667 421 503

637 028 222

678 870  408

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