12/03/2021
26/02/2021
30/01/2020
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se prorrogan diversas resoluciones de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y se modifican y adicionan otras medidas excepcionales. Prorroga medidas hasta el 15 Febrero
25/01/2021
20/01/2021
06/01/2021
24/12/2020
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se adiciona un apartado al punto 9.3 del resuelvo primero de la Resolución de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Prohibición máquinas recreativas en los establecimientos de restauración
23/12/2020
19/12/2020
18/12/2020
05/12/2020
RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Medidas específicas de Salud Pública frente al Covid-19 para la celebración de las fiestas navideñas
06/11/2020
25/10/2020
24/10/2020
19/10/2020
28/09/2020
18/08/2020
18/07/2020
20/06/2020
ACUERDO de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19.
13/06/2020
08/06/2020
Publicación Ayudas materia protección covid sector comercial. Conselleria Economia
01/06/2020
Guía de preguntas frecuentes publicada por la conselleria de Economía, Incluye FASE 2 y Fase 3
30/05/2020
Publicación BOE CV pasa a la fase II. y condiciones de la Fase III
20/05/2020
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.(Vigencia a partir del 21/05/2020)
16/05/2020
Aprobación Territorios Fase I (incluye Comunidad Valenciana en su totalidad) y Fase II
14/05/2020
Ayudas directas primer sector (agricultura, ganadería,pesca)
04/05/2020
Guía del ministerio. Preguntas Frecuentes Plan desescalada.
03/05/2020
Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.
Regula las condiciones de apertura establecimientos menores de 400 mts y sector restauración. Fase 0 a partir del 4 de mayo
30/04/2020
Publicación listado de preguntas frecuentes publicado Conselleria Economía a fecha 30/04/2020. Incluye Preguntas Fases Desescalada. Pendientes de publicación BOE normativa
29/04/2020
Aprobación por Consejo de Ministros Plan de desescalada
28/04/2020
Preguntas más precuentes Comercio COVID19. Conselleria de comercio. Actualizadas a 28/04/2020
22/04/2020
21/04/2020
Publicación listado de preguntas frecuentes publicado Conselleria Economía a fecha 21/04/2020
15/04/2020
FORMACION EN TIEMPOS DE CONFINAMENTO. Nueva sección en el portal del comerciante. Esta sección recopila algunas de las iniciativas de formación gratuita para comerciantes y pequeñas empresas que distintas entidades ofrecen en estos dias. Puede ser una buena oportunidad para reinventarse, adaptarse o inspirarse para que el sector regrese con más fuerza. Esperemos que os sea de utilidad.
Taller de eficiencia energética para pymes.Reduce tus gastos.Ayto Catarroja.AEIOLUZ.15 y 17 de abril a las 18h
Medidas de ahorro,Modificación temporal de suministros COVID19
14/04/2020
Ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE. Generalitat. DOGV 11/04/2020.
08/04/2020
Publicación por parte del LABORA de dos instrucciones de modificación del trámite de solicitud EAUCOV Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas COVID19
07/04/2020
Este decreto tiene por objeto favorecer la contratación temporal de trabajadores en el sector agrario mediante el establecimiento de medidas extraordinarias de flexibilización del empleo, de carácter social y laboral, necesarias para asegurar el mantenimiento de la actividad agraria, durante la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Podrán beneficiarios:
a) Personas en situación de desempleo o cese de actividad.
b) Trabajadores cuyos contratos se hayan visto temporalmente suspendidos
c) Trabajadores migrantes cuyo permiso de trabajo concluya en el periodo comprendido entre la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el 30 de junio de 2020, cuya prórroga se determinará a través de instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones.
d) Asimismo podrán acogerse los jóvenes nacionales de terceros países, que se encuentren en situación regular de entre los 18 y los 21 años
Las retribuciones percibidas por la actividad labora serán compatibles con las otras prestaciones incluida la de desempleo.
06/04/2020
Preguntas más precuentes Comercio COVID19. Conselleria de comercio. Actualizadas a 06/04/2020
03/04/2020
El Consell aprueba la concesión de ayudas urgentes a personas trabajadoras autonómas afectadas por la situación de crisis ocasionada por la COVID-19
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 9.00 horas del día 4 de mayo de 2020. La solicitud se presentará de forma telemática a través de la página de Labora .
Nota de premsa
Bases publicadas el 04/04/2020
01/04/2020
Os enlazamos aqui la publicación de decreto con medidas complementarias para empresas y familias. En este acuerdo habla entre otras cosas de la Moratoria de las cuotas autónomos. También os dejamos las notas de prensa que sirven como resumen
Nota de prensa colectivos vulnerables, familias, empresas y autónomos
31/03/2020
Aclaraciones y criterios interpretativos sobre el decreto 10/2020
30/03/2020
El presente real decreto-ley regula un permiso retribuido recuperable para personal laboral por cuenta ajena, de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollan las actividades no esenciales calificadas como tal el anexo. Quedan exceptuados de la aplicación del presente real decreto las personas trabajadoras que tengan su contrato suspendido durante el período indicado y aquellas que puedan continuar prestando servicios a distancia.
Lista de actividades esenciales
Medidas de apoyo Generalitat Autònomos-COVID19
26/03/2020
El ministerio publica consultas y preguntas frecuentes sobre comercio
24/03/2020
La conselleria de comercio ha actualizado su listado de dudas que pueden surgir sobre el decreto en lo referido a los establecimientos,
23/03/2020
El Ayuntamiento de Catarroja aprobó por resolución de alcaldía Nº 794/2020 y por motivo del COVID-19 esta primera tanda de medidas :
1.- Suspensión de los plazos de pago de todas las deudas existentes.
2.-Ampliación hasta el 5 de junio de 2020 el periodo de cobro en voluntaria del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y la Tasa de Vados (fecha de cargo de recibos domiciliados el 20 de mayo de 2020).
3.-Ampliación hasta el 15 de julio de 2020 el periodo de cobro en voluntaria de la Tasa de Basura (fecha de cargo de recibos domiciliados el 30 de junio de 2020).
4.-Establecer como nuevo periodo de cobro en voluntaria de la Tasa de ocupación con mesas y sillas del 05 de octubre de 2020 al 07 de diciembre de 2020, (fecha de cargo de recibos domiciliados el 20 de noviembre de 2020). IMPORTANTE: no estando sujetos a la tasa durante los seis meses de duración de la crisis sanitaria correspondiente al 2.º y 3.º trimestre de 2020, periodo de tiempo en que se declara la inexistencia de hecho imponible
5.-Proceder a la devolución del importe correspondiente de los servicios cobrados por el Ayuntamiento y suspendidos al no poderse prestar por cierre de instalaciones municipales como por ejemplo instalaciones deportivas, siendo la UTE de deportes la que de oficio proceda a esta devolución, a excepción de los servicios gestionados directamente por el Ayuntamiento que se procederá a la devolución a solicitud del interesado (tenis).
6.- Se suspende el cobro de la tasa de mercado fijo y ambulante que no puede ejercer actividad.
7.-Se suspenden los cargos en cuenta de los fraccionamientos/aplazamientos domiciliados así como los fracciones del Plan Personalizado de Pagos durante el periodo de vigencia del Estado de Alarma. Finalizado este se volverán a producir los cargos en cuenta.
20/03/2020
Desde el ministerio de sanidad nos envían esta guia de buenas prácticas y recomendaciones a seguir en los establecimientos de venta minorista abiertos para evitar los contagios del COVID-19.
18/03/2020
Hoy se ha publicado en el BOE el decreto que regula las medidas urgentes para hacer frente al impacto del COVID-19. Os dejamos un resumen de las medidas en lo que se refiere a los autónomos. También os dejamos el enlace con el texto completo.
Resumen de medidas en lo referido a Autónomos:
Se pone el acento en la casuística de los autónomos, particularmente afectados por la situación actual, creando una prestación extraordinaria por cese de actividad, que cubre la finalización de la actividad provocada por una situación en todo caso involuntaria.
Tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad que se regula en este artículo, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar afiliados y en alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
b) En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida en virtud de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, acreditar la reducción de su facturación en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la efectuada en el semestre anterior.
c) Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad o de la reducción de la facturación no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas. La regularización del descubierto producirá plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.
La prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en este artículo tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.
La gestión de esta prestación corresponderá a las entidades a las que se refiere el artículo 346 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social." Salvo lo establecido en el artículo anterior y en el apartado 3 de este artículo, corresponde a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social la gestión de las funciones y servicios derivados de la protección por cese de actividad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos competentes en materia de sanciones por infracciones en el orden social y de las competencias de dirección y tutela atribuidas al Ministerio de Empleo y Seguridad Social"
Colaboración comercios.
Ante esta situación de alarma sanitaria, nos están llegando iniciativas por parte del sector comercial local de llevar la compra de productos necesarios a personas que no pueden salir de casa por varias causas: porque son personas mayores, porque están en cuarentena, o porque son personas vulnerables. Desde la concejalía de comercio os proponemos esta iniciativa y los comercios que estén dispuestos a hacer este servicio que nos lo comuniquemos a para publicarlo a través de los medios de comunicación municipal.
Os recordamos que podéis contactar con nosotros por adl@catarroja.es o por wshatssap o teléfono 667421503
17/03/2020
La conselleria de comercio ha publicado un listado de Preguntas Frecuentes para aclarar algunas dudas. Esperamoxs que os sea de utlitdad
Os dejamos aquí un enlace del ministerio sobre cuestiones relativas a las PYMES
INFORMACIÓN PARA PYMES EN RELACIÓN AL COVID-19
Ante la actual situación sanitaria provocada por la expansión del COVID-19 y para evitar su propagación se recomienda a los establecimientos que están abiertos que deben cumplir las siguientes medidas:
16/03/2020
En cumplimiento de la instrucción marcada el RD 463/2020 en cuanto a evitar aglomeraciones y colas en los establecimientos comerciales que puedan tener apertura al púbico, os adjuntamos un modelo de cartel que podreis poner en vuestro comercio. Recordar que para respetar las distancias de seguiridad podeis hacer un cálculo de 4 personas por cada 10 metros cuadrados de superficie comercial.
Teléfono habilitado para dudas desde la conselleria
15/03/2020
Desde el Ayuntamiento a través de la Concejalía de comercio os informamos de las medidas aprobadas por el RD 463/2020 de 14 e marzo pr el que se declara el estado de alarma para la gestión del de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En lo que se refiere al sector comercial os resumimos algunas de las medidas. En los próximos días intentaremos ir resolviendo todas las dudas,
EXCEPCIONES: Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías.
En cualquier caso , se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios
Además habrá que tenerse en cuenta la limitación de circulación de las personas determinada en el artículo 7 que señala la situaciones en las que una persona podrá circular por la calle.
Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
14/03/2020
Recomendaciones publicadas para evitar contagios en los establecimentos.
Os recordamos que por cuestiones sanitarias tanto de los clientes como de los mismos vendedores, hay que intentar evitar las acumulaciones de gente dentro del establecimiento.
Informáis a los clientes de la conveniencia de respetar el 1,5 metros de distancia en colas, o esperas que se puedan producir en cajas, corredores, escaparates o paradas, para evitar el riesgo que supongan las aglomeraciones de personas.
Muchas gracias por vuestra colaboración.
13/03/2020
Como medida preventiva y atendiendo a la Resolución de la Consellera de Sanitat Universal i Salut Pública, por la que se acuerdan medidas especiales de carácter preventivo en materia de espectáculos públicos , actividades recreativas , actividades socioculturales y de establecimientos públicos para limitar la propagación y contagi por el CVID-19
Desde el Ayuntamiento de Catarroja se publica el sigueinte decret.
12/03/2020
Desde la Conselleria de Economía Sostenible,Sectores productivos, comercio y trabajo envian para los establecimientos comerciales un cartel con información relacionada con el COVID19.