AYUDAS MUNICIPALES COVID 19. FASE 1
SEP 2020
AYUDAS URGENTES A PERSONAS EN RÉGIMEN AUTÓNOMO, Y MICROMPRESAS PARA CONTRIBUIR A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA COVID-19.
Por acuerdo de Pleno de fecha 15/05/2020 se aprueban las bases reguladoras para la concesión en regimen de concurrencia competitiva de ayudas urgentes a personas en régimen autónomo, y micrompresas para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la covid-19.
EXTRACTOS DE RESOLUCIONES DE CONCESIÓN:
REQUERIMIENTS Y PROPUESTAS DE DENEGACIÓN
RESUMEN
Objetivo y líneas de ayuda
- Objetivo: Ayudar autónomos, profesionales y microempresas, a cubrir gastos de su actividad ante la situación derivada de la crisis sanitaria provocada por el COVID19 y que no han sido cubiertos por otras subvenciones.
- Líneas de ayuda
- Actividades cerradas por decreto de alarma. (línea 1)
- Personas físicas o jurídicas cuya la actividad haya sido objeto de suspensión como consecuencia de las medidas establecidas en los decretos de alarma.
- Cuantía: 900€
- Actividades no obligadas a cerrar pero con disminución de ingresos.(línea 2)
- Para personas físicas o jurídicas que no puedan acogerse al criterio de la línea 1 y hayan experimentado una reducción de sus ingresos en caso de mantener la actividad, en al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Podrán solicitar la línea 2 si les ha sido resuelta favorablemente la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada por l Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma. Dado que se entiende que esta circunstancia ha sido justificada en esa administración
- Cuantía: 600€
- En el caso que el solicitante tanto de la línea 1 como de la línea 2 desarrolle su actividad profesional o comercial fuera de un establecimiento comercial o en su vivienda habitual la cuantía será de 300 €.
- Procedimiento de concesión: Criterio fecha y hora registro de entrada
- Condiciones para poder solicitar la ayuda:
- Tener menos de 10 trabajadores.
- Haber obtenido unos rendimientos netos de la actividad económica en el ejercicio 2019 inferior a los 45.000 €
- Tener la actividad iniciada con anterioridad al 14 de marzo de 2020
- El solicitante no puede tener un contrato por trabajo por cuenta ajena desde el 14 de marzo de 2020 o fecha posterior ni estar cobrando una prestación por desempleo.
- La persona beneficiaria se compromete a mantener la actividad abierta como mínimo hasta el 30/12/2020
Documentación necesaria
Para este trámite es necesaria la FIRMA DIGITAL. En caso de no tenerla podrá elegir una persona que sí la tenga y que actúe en este trámite como representante o solicitarla en la OIAC.
La documentación que se deberá presentar será:
- Instancia solicitud. Modelo a cumplimentar y firmar electrónicamente.
- Autorización relativa a la representación (sólo en el supuesto que la solicitud la presente otra persona en calidad de representante de la persona solicitante).Modelo a cumplimentar. En este caso el solicitante la firmará a mano y se subirá el documento escaneado.
- Hoja de domiciliación bancaria. Modelo a cumplimentar y firmar
- Formulario de datos. Cumplimentar on line. No es necesario firmar.
- Declaración responsable. Modelo a cumplimentar y firmar
- Autorización para que el Ayuntamiento haga la consulta de datos. Modelo a cumplimentar y firmar
- En el caso de solicitar la línea 2. Adjuntar la resolución aprobatoria Prestación Extraordinaria de autónomos COVID (tramitada por la Mutua).
- En el caso de tener trabajadores a su cargo. Adjuntar la relación nominal de trabajadores (RNT-TC2) del mes de febrero .
- En el caso de ser persona jurídica adjuntar escritura de constitución.
- Cuanto tenga todos los documentos firmados deberá acceder al trámite a través de la plataforma y subir allí todos los documentos
Impresos asociados para rellenar y firmar
Plazo de solicitud
.El plazo de solicitud serà de un mes y se iniciará el día siguiente a su publicación en el BOP (Fecha de publicación BOP 26/05/2020)
El plazo de solicitud será del 27 de mayo al 27 de junio, ambos incluidos
(Este enlace se activará en el momento que se pueda solicitar según publicación en el BOP )